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Registro de ciudadano de la UE en España (EX-18)

Los ciudadanos de la UE, del EEE y de Suiza no necesitan visado, pero si se quedan en España más de 3 meses deben registrarse y reciben un certificado con su NIE.

Última revisión: 17 de octubre de 2026

Qué es

  • El Certificado de registro de ciudadano de la UE te inscribe en el Registro Central de Extranjeros. En él figura tu NIE.[1]
  • El formulario es el EX-18 y se rellena en español. La tasa se paga con el modelo 790 código 012.[2]

Quién lo necesita

  • Ciudadanos de la UE, del EEE y de Suiza que se quedan en España más de 3 meses. Para estancias más cortas no hace falta registrarse.[1]
  • Los familiares de fuera de la UE de un ciudadano de la UE solicitan aparte una tarjeta de residencia de familiar (EX-19).[1][2]

Dónde y en cuánto tiempo

  • Dentro de los 3 meses siguientes a la llegada a España.[1]
  • Cita por internet: elige tu provincia y el trámite «Certificado de registro de ciudadano de la U.E.».[1]
  • En la mayoría de los casos el certificado se entrega en la misma cita.[1]

Cómo se hace

  1. Comprueba que te quedarás más de 3 meses y anota tu plazo.[1]
  2. Prepara la documentación del motivo de tu estancia (trabajo, cuenta propia, estudios o medios suficientes).[1]
  3. Pide cita previa para el certificado de registro de la UE en tu provincia.[1]
  4. Rellena el EX-18 y paga la Tasa 790-012 en el banco, eligiendo el concepto del certificado de registro de la UE.[2]
  5. Acude a la cita con tus documentos y recibe tu certificado.[1]

Documentos que preparar

  • Formulario EX-18 firmado[1]
  • Pasaporte o documento nacional de identidad (original y copia)[1]
  • Documentación del motivo de la estancia (trabajo, cuenta propia, estudios con seguro médico, o seguro médico y medios suficientes)[1]
  • Justificante de la Tasa 790-012[2]

Solo los títulos. La lista definitiva es la que indique la oficina que tramita tu caso.

3 errores frecuentes

  1. 1. Pedir cita para otro trámiteEl nombre del trámite cambia un poco según la provincia. Busca el certificado de registro de ciudadano de la UE en la tuya.[1]
  2. 2. Un seguro médico que no cubre la estanciaEstudiantes y personas que no trabajan necesitan seguro médico. La Tarjeta Sanitaria Europea debe estar vigente durante todo el periodo.[1]
  3. 3. Dejar pasar el plazo de 3 mesesSi te quedas más de 3 meses, regístrate dentro de los 3 meses siguientes a tu llegada.[1]

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Fuentes oficiales

  1. Cita previa — Extranjería (administracionelectronica.gob.es)
  2. Policía Nacional — Tasa modelo 790, código 012

Esto es un resumen general, no asesoramiento jurídico. Las normas pueden cambiar: consulta siempre la fuente oficial y la oficina que tramita tu caso.

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